Supresión del Impuesto de Sucesiones en Andalucía

Cómo nos Afecta la Nueva Normativa de Supresión del Impuesto de Sucesiones en Andalucía.

Recientemente, hemos leído en la prensa, que se ha alcanzado un acuerdo por el que, a partir del año que viene, 2018, se “suprime” el impuesto de sucesiones en Andalucía.

¿Es cierta esta noticia? ¿Es cierto que se suprime el impuesto de sucesiones? ¿Tendrá efectos retroactivos? Estas y otras cuestiones son las que inmediatamente nos han empezado a hacer nuestros clientes.

Como solemos hacer, lo primero, una respuesta rápida, y esta sería que sí, que es así, pero con matices.

El principal matiz, sería que realmente no se ha eliminado el impuesto de sucesiones, sino que simplemente han elevado el mínimo exento de 250.000 €, a 1.000.000 €, pero ojo, sólo para las herencias de los Grupos GI y GII, esto es, de padres a hijos, o entre cónyuges.

Como ya advertía en nuestro primer post sobre el impuesto de sucesiones en Andalucía, año tras año, y bajo la presión social que recae sobre este impuesto, desde la Junta de Andalucía, se han limitado a ir aumentando el mínimo exento, pero siempre para las herencias de padres a hijos y entre cónyuges. En cambio, ninguna rebaja han recibido aquellos “pobres” agraciados que recibiendo una buena herencia, han de renunciar a ella, por la altísima carga tributaria que conlleva, por haberla recibido de un hermano, un tío o un primo.

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Según los datos de la propia Junta de Andalucía, la elevación del mínimo exento al millón de euros para los Grupos GI y GII (de padres a hijos y de cónyuge a cónyuge) tendrá un impacto de 83 millones de euros sobre las arcas públicas, de acuerdo con las liquidaciones a 31 de diciembre del 2016, los que supone que más del 95 % de los andaluces ya no van a tener que pagar este impuesto una vez que entre en vigor esta reforma a partir del 1 de enero del 2018 a raíz de la aprobación del Presupuesto de la Comunidad.

En este punto, hemos de explicar que, a falta de conocer el texto definitivo de la reforma, lo normal será, que este cambio no sea retroactivo. Esto quiere decir que, dependerá de la fecha del fallecimiento de una persona, ya sea hasta el 31 de diciembre de 2017 o desde el 1 de enero de 2018, para que se le aplique a la correspondiente herencia el mínimo de 250.000 €, o el de 1.000.000 € para tributar.

Podría darse el caso de que la reforma impusiera algún tipo de transitoriedad o retroactividad limitada para los fallecimientos ocurridos en los días o semanas anteriores a la entrada en vigor de la Ley, pero esto sería ciertamente inusual, y por lo tanto, no debemos esperarlo.

Según datos de la plataforma Stop Sucesiones, sólo algo más del 2% de las herencias tributan a la Junta de Andalucía. En 2015, cuando aún el mínimo exento era de 175.000 euros, de los 250.000 herederos solo pagaron unos 19.000. La recaudación en Andalucía fue de 360 millones de euros, de los 2.454 millones de euros a nivel estatal. Menos que en Madrid, que bonifica el tributo a casi todo el mundo.

Esta es una de las razones por la que se alertaba de la renuncia a las herencias. «Desde 2007, año del comienzo de la crisis, según datos del Colegio Oficial del Notariado, el número de renuncias aumentó en un 420%, cerrando el 2016 en el 13,1% más de 20 diarias», asegura en su web StopSucesiones.

Otra razón de peso para esta reforma, ha sido también la fuga de empresas y capitales a otras comunidades, motivo por el que desde la Junta de Andalucía, se acusaba a la Comunidad de Madrid, de hacer ‘dumping’ para atraer capitales de otras comunidades debido a que su financiación es más favorable, y en caso de fallecimiento, los herederos apenas tenían que pagar por el impuesto de sucesiones.

No obstante, también es cierto, que muchas renuncias se deben más a las plusvalías municipales que han de pagar o a las cargas hipotecarias del inmueble, que a la propia tasa autonómica en sí misma.

Lo evidente, es que la burbuja inmobiliaria y la crisis han empobrecido a los herederos. Muchos no tienen dinero para pagar y tampoco los bancos les prestan. Hay un componente sentimental para quedarse con la propiedad familiar y muchos aceptan sin poder luego dar marcha atrás. Y ahí surge el drama.

No obstante, siempre hay dos caras de la verdad, y por distintos sectores se ha dado la voz de alarma que esta reforma del impuesto de sucesiones es una mala noticia para los andaluces, y es que esta reforma beneficia como mucho, a menos de un 2% de andaluces (es decir, los herederos y donatarios que reciban -individualmente- bienes por importe de entre 250.000 a 1.000.000 de euros) y perjudica un poco a más de un 98% de los andaluces, que eran beneficiarios netos del impuesto, dado que no lo pagaban y van a dejar de «cobrarlo» por vía de recaudación fiscal y gasto público.

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Se estima por la propia Junta de Andalucía, que supondrá una merma de ingresos de 90 millones de euros. Son 90 millones de euros que habrá que recortar de políticas de la Junta de Andalucía, y que se quedan en el bolsillo de los que hereden entre 250.000 euros y un millón.

Como decía anteriormente, la verdad suele tener dos caras, y en este caso, las dos tienen algo de razón, aunque me inclino más a pensar, que en definitiva, estamos ante una buena noticia.

Javier marqués

Experto en Derecho Sucesorio y en la tramitación legal y administrativa de Testamentos y Herencias.
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